Nuestro despacho ha venido sosteniendo desde hace años la ilegalidad del modelo 720, de declaración de bienes en el extranjero, por entender, fundamentalmente, que es confiscatorio (impone multas de hasta el 150% de la ganancia patrimonial no justificada, en el caso de que no se haya declarado o se haya declarado de forma extemporánea) e ilegal (declara la imprescriptibilidad de las infracciones tributarias). Véase, entre otras, nuestra Newsletter 1/2017, de 4 de enero de 2017. https://www.afinanciera.com/wp-content/uploads/2017/01/01-Cerco-a-los-no-declarantes-del-modelo-720.AF_.pdf
Dicho modelo 720 ha sido denunciado por diversos colectivos fiscalistas ante la Comisión Europea, pero no teníamos noticia de su...